Auto Supremo AS/0622/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0622/2010

Fecha: 18-Nov-2010

Que, los derechos sociales que le asisten a la trabajadora son irrenunciables, siendo deber del


Que, los derechos sociales que le asisten a la trabajadora son irrenunciables, siendo deber del Estado, a través de la jurisdicción laboral, brindar la tutela efectiva de los derechos sociales demandados conforme los principios proteccionistas que orientan la legislación laboral, atendiendo el hecho de que el salario es la retribución que percibe el trabajador en contraprestación a su trabajo para su sustento y el de su familia, no pudiendo demorar su pago fuera de los plazos establecidos por ley, precisamente por los fines de subsistencia a los que responde, de donde su cumplimiento no esta librado a la discrecionalidad o capricho del empleador, como se quiere justificar en la especie, esgrimiendo la supuesta aplicación indebida del Art. 2 del D.S. de 9 de marzo de 1937 y consiguiente violación del Art. 13 de la L.G.T.; y toda vez que se ha dado el cumplimiento del requisito fundamental, cual es el no pago de sueldos, resulta accesoria la concurrencia de otros requisitos que el recurrente pretende hacer valer para el reconocimiento del desahucio y la indemnización