Que analizados los argumentos del recurso de casación de fs
Que analizados los argumentos del recurso de casación de fs. 716-719,en relación a los datos del proceso y los fundamentos del fallo de alzada, se evidencia que el recurrente IMCRUZ, insiste en la inexistencia de la relación laboral sosteniendo un vínculo contractual por comisión con el actor, en el marco de las disposiciones contenidas en el Código de Comercio que acusa vulneradas, sin acusar infracción alguna de las disposiciones legales en que se sustentan las resoluciones de grado, olvidando igualmente, demostrar el error de hecho o de derecho en que hubiera incurrido el tribunal de alzada en la apreciación de la documental de fs. 46 fechada en 10 de febrero de 2004, que señala que el actor trabajó en la empresa como Ejecutivo de Ventas, desde el 19 de julio de 2001, prueba que se corrobora con la cursante a fs. 53 referida a la justificación de ausencia (supuestamente aun vigente el contrato de comisión de fs. 78) y 65 consistente en la fotocopia de la tarjeta de asistencia en marcador mecánico, en que se sustenta lo principal del fallo, cuál es la determinación de la relación laboral sujeta a las previsiones de la L.G.T., de donde emergen los derechos sociales reconocidos a favor del actor, realidad fáctica establecida bajo el principio de la primacía de la realidad, que no enervan las argumentaciones vertidas por el recurrente
- AUTO SUPREMO Nº 640 Social Sucre, 16 de noviembre de 2010
- PARTES: Gary Orlando Raña Pommier c/ Empresa IMCRUZ S.A
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por ambas partes del proceso (fs
- En el recurso de fs
- En el recurso de casación de fs
- Concluye con el petitorio de que se le conceda el recurso para que la Corte
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, de la revisión de los antecedentes procesales, se
- En cuanto al haber promedio indemnizable, éste se basa en el art
- Que analizados los argumentos del recurso de casación de fs
- Que asimismo, analizando el recurso de casación de fs
- Que en el marco de los antecedentes anotados se infiere que el tribunal de alzada
- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso planteado en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
