Por otra parte también invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 307 de 11 de
Por otra parte también invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 307 de 11 de junio de 2003, empero no argumentó suficientemente la contradicción existente entre el Auto de Vista recurrido y el precedente invocado, lo que daría lugar a su inadmisión
- PARTES: Corina Corsina Layme c/ Freddy Raúl Segurondo Bocángel
- CONSIDERANDO: Que, Freddy Raúl Segurondo Bocángel, en su recurso de casación de (fs
- Refiere el recurrente, que tales argumentos no responden a los datos del proceso, toda vez
- Realizó un amplio detalle de las suspensiones de audiencia, alegando que las mismas se realizaron
- Reitera que en el presente caso, el Auto de Vista no tomó en cuenta que
- Con tales argumentaciones, pide se anule el Auto de Vista recurrido y se disponga que
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad
- Que examinados los hechos y antecedentes del caso, se evidencia que el Auto de Vista
- De lo que se tiene que el recurso de casación fue presentado por Freddy Raúl
- Por otra parte también invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 307 de 11 de
- Sin embargo evidenciándose que el Auto de Vista no fundamentó adecuadamente su determinación conforme establece
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, con la facultad conferida por
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 4/2010
