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    Auto Supremo AS/0670/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0670/2010

    Fecha: 14-Dic-2010

    POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


    POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida por el inc. 1. del art. 60º de la L.O.J. y los arts. 271º inc. 2) y 273, ambos del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el Recurso de Nulidad o Casación de fs. 256-257, con costas
    • AUTO SUPREMO Nº 670 Social Sucre, 14 de diciembre de 2010
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Partido de Trabajo y
    • Resolución que ha merecido doble apelación por parte del Servicio Nacional de Caminos de fs
    • Contra la resolución de vista, la entidad demandada interpuso el Recurso de Nulidad y Casación
    • CONSIDERANDO II:Que, a efectos de resolver el recurso de casación planteado, ingresando a su análisis
    • Al respecto, hecho el análisis de los extremos del Auto de Vista recurrido, se establece
    • Finalmente corresponde mencionar que a partir de la Ley 2175 de 13 de febrero de
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Relator: Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.

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