Auto Supremo AS/0675/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0675/2010

Fecha: 17-Dic-2010

CONSIDERANDO: que por Sentencia de fojas 98 a 108 el A-quo absolvió de pena y


DELITO: Hurto Agravado. (Declara Infundados)

RELATORA: Ministra Dra. Ana María Forest Cors
VISTOS: los Recursos de Casación formulados por Carla Daniela Nobile Inetti a través de su apoderado Elías Zagha de fojas 189 a 190 y por el representante del Ministerio Público de fojas 197 a 198, ambos impugnado el Auto de Vista de 22 de abril de 2008, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Carla Daniela Nobile Inetti contra Ciro Cuellar Añez, por la supuesta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado por el artículo 326 numeral 5) del Código Penal, los antecedentes del proceso, el Auto Supremo Admisorio; y,

CONSIDERANDO: que por Sentencia de fojas 98 a 108 el A-quo absolvió de pena y culpa a Ciro Cuellar Añez, por el delito de Hurto Agravado que le fue endilgado; contra dicha resolución, recurrieron de Apelación Restringida el Ministerio Público y la parte querellante, mereciendo el Auto de Vista de 22 de abril de 2008, por el cual se declaró admisible e improcedente la apelación formulada por la querellante