Auto Supremo AS/0675/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0675/2010

Fecha: 17-Dic-2010

Ese mismo criterio fue entendido por el Tribunal de alzada a momento de emitir su


Ese mismo criterio fue entendido por el Tribunal de alzada a momento de emitir su resolución impugnada, donde se refirió a todos los puntos denunciados vía apelación restringida, existiendo plena congruencia entre la parte considerativa con la dispositiva, dejándose establecido que, la prueba es el conjunto de actuaciones que dentro de un juicio cualquiera sea su índole, sirven para demostrar la verdad y falsedad de los hechos aducidos por cada una de las partes, entendida también la prueba como medio idóneo para obtener la verdad objetiva que se consigue en el proceso penal y se materializa en la Sentencia, que en el caso de Autos esta debidamente fundamentada conforme el artículo 124 de la Ley 1970