CONSIDERANDO: que del análisis de los antecedes que cursan en el proceso, se establece que
CONSIDERANDO: que del análisis de los antecedes que cursan en el proceso, se establece que los jueces de instancia guardaron y observaron las formas y normas procesales acusadas como infringidas sin incurrir en vicio alguno de procedimiento que amerite nulidad, por cuanto las causales que hacen procedente el recurso por la forma conforme previene el numeral 1) del artículo 296 del Código de Procedimiento Penal, están taxativamente enumeradas en el artículo 297, no encontrándose en ellas las invocadas por la recurrente
- CONSIDERANDO: que la Juez Cuarto de Partido Liquidador en lo Penal de la ciudad de
- Que contra el Auto de Vista, Aida Valverde Rojas, defensora de oficio de Julia Guillen
- CONSIDERANDO: que del análisis de los antecedes que cursan en el proceso, se establece que
- Que en el recurso de casación se impugna el Auto de Vista de fs
- Asimismo, la recurrente señala haberse infringido los arts
- Que, en consecuencia, se concluye que los tribunales de instancia, a tiempo de emitir sus
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- ibro de Tomas de Razón 4/2010
