Auto Supremo AS/0683/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0683/2010

Fecha: 18-Dic-2010

CONSIDERANDO: que la Juez Cuarto de Partido Liquidador en lo Penal de la ciudad de

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 683 Sucre, 18 de diciembre de 2010

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Ministerio Público y Otra c/Julia Guillen Claure

DELITO: Estelionato. (Declara Infundado)

RELATOR: Ministro Dr. Jorge Monasterio Franco

VISTOS:el recurso de casación de fojas 177 a 179 interpuesto por Aida Valverde Rojas, en su condición de abogada defensora de la procesada Julia Guillen Claure, impugnando el Auto de Vista de fs. 173 a 174 vlta., de fecha 20 de febrero de 2006, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Edmunda Gonzáles Rodríguez, contra Julia Guillen Claure, por el delito de Estelionato, previsto y sancionado por el Art.337 del Código Penal; los antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, el requerimiento del Fiscal de Recursos de fojas 192 y 193; y,

CONSIDERANDO: que la Juez Cuarto de Partido Liquidador en lo Penal de la ciudad de Cochabamba, pronunció la sentencia condenatoria cursante de fojas 131 a 132, declarando a Julia Guillen Claure autora del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del Código Penal, sancionándola a tres años de reclusión en la cárcel pública de San Sebastián de Mujeres de esa ciudad; así mismo al pago de costas a favor del Estado y de la parte civil, además de daños civiles en ejecución de sentencia; resolución que se dictó en rebeldía de la procesada prófuga. Sentencia, recurrida de apelación a fs. 135 de obrados, por el abogado, Marcos Cabrera Quiroga, defensor de oficio de Julia Guillen Claure; de fs 173 a 174 vlta; cursa el Auto de Vista de fecha 20 de febrero de 2006, resolución que confirma la sentencia apelada en todos sus términos