En grado de apelación deducida por René Álvaro Ponce Arauco (fs
En grado de apelación deducida por René Álvaro Ponce Arauco (fs. 316), la Sala Social Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció el Auto de Vista Nº 127/2008 de 16 de abril de 2008 cursante a fs. 333-334, confirmando la Resolución Administrativa Nº 2078.06 de 14 de diciembre de 2006, de fs. 313-314, dictada por la Comisión de Reclamación del SENASIR
- AUTO SUPREMO Nº 39 - Reclamación Sucre, 25 de febrero de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el recurso de reclamación, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional
- En grado de apelación deducida por René Álvaro Ponce Arauco (fs
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Señala igualmente, que sin ser su obligación una y otra vez tuvo que obtener y
- Agrega que la Resolución Nº 2078
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
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- Reclamaciones todas que ponen en evidencia que el actor no descuidó su trámite desde su
- b) Asimismo, entre tantas certificaciones e informes del área de Cuenta Individual cursantes en el
- c) El Informe de Área de Cuenta Individual de fs
- d) Igualmente el tribunal de alzada no interpretó adecuadamente que el art
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- Consiguientemente, corresponde resolver el recurso conforme previenen los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación del art
- Para sorteo y resolución, conforme a la convocatoria de fs
- Relator: Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara.
