Auto Supremo AS/0039/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0039/2010

Fecha: 25-Feb-2010

Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs


Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 338-341, interpuesto por el asegurado René Álvaro Ponce Arauco, en el que se impugna la decisión de alzada acusando la incorrecta aplicación del art. 64 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, concordante con el art. 539 del Reglamento del Código de Seguridad Social así como el DL. Nº 13214 de 24 de diciembre de 1975, expresando que el SENASIR mediante Resolución 016291 de 17 de noviembre de 2000 (fs. 56), calificó su renta básica en un 34% sobre la base de 205 cotizaciones y no sobre 331 que tenía acreditadas por sus años de servicio, omitiendo por otra parte reconocer su renta complementaria, infringiendo el art. 64 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, que en respuesta a la reclamación correspondiente el SENASIR emite la Resolución 013658 de 20 de octubre de 2004, rectificando el error de cálculo en la densidad de cotizaciones tomando en cuenta las 331 aportaciones acreditadas en el expediente, omitiendo nuevamente pronunciarse sobre su renta complementaria, hecho por el que también interpuso la reclamación que dio lugar a la Resolución Nº 011315 de 14 de junio de 2005 cursante a fs. 220, otorgándole recálculo de renta básica de vejez y calificación de renta complementaria de vejez equivalente al 97% de su promedio salarial, en el monto de Bs. 4.355,36, disponiendo que el pago de la renta complementaria sea a partir de junio de 2004, tomando en cuenta la fusión de la renta a partir de junio de 2005, sin tomar en cuenta que la demora en la calificación de la renta complementaria se debió a la negligencia del ente gestor y no del asegurado