Auto Supremo AS/0068/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0068/2010

Fecha: 08-Mar-2010

CONSIDERANDO I: Que en la especie, en cuanto a la acusación que hace el procesado


CONSIDERANDO I: Que en la especie, en cuanto a la acusación que hace el procesado sobre la presencia de vicios de nulidad, debe tenerse presente que, a efectos de determinar la nulidad de un proceso, deben tomarse en cuenta los principios esenciales como el de especificidad o legalidad, en cuya virtud rige la máxima jurídica "No hay nulidad sin ley específica que la establezca", lo que significa que la nulidad debe estar expresamente prevista en la ley, dicho de otro modo, no existe nulidad por nulidad, sino con causa expresamente prevista en la Norma