Otro de los presupuestos esenciales para la procedencia de la declaración de nulidad de un
Otro de los presupuestos esenciales para la procedencia de la declaración de nulidad de un acto procesal, es el principio de trascendencia plasmado en la máxima "No hay nulidad sin perjuicio", por lo que el litigante que invoca el vicio formal debe probar que el mismo le acarreó un perjuicio cierto e irreparable que sólo puede ser subsanado mediante la declaración de nulidad, nulidad que en la especie se encuentra regida por los arts. 308 y 297 del Cód. Pdto. Penal, marco legal cuyo análisis permite a este tribunal afirmar que en la resolución recurrida no se encuentran vulneración a ninguna norma del Código Sustantivo y Adjetivo Penal, teniendo en cuenta que de la revisión de los datos que informa el proceso y las infracciones acusadas por el imputado se videncia que la falta de firma del Juez en el acta de fs. 55 no es causal de nulidad, no afectando este actuado procesal al fondo del proceso, así como tampoco se ha afectado derecho constitucional alguno
- PARTES: Ministerio Público y Otros c/ Teodoro Juanes Quenta y Otros
- Estelionato
- MINISTRA RELATORA: Dra. Ana María Forest Cors
- VISTOS: Los recursos de casación y nulidad de fs
- CONSIDERANDO: Que, contra la resolución de primera instancia, el procesado Abdón Espinoza Frontanilla, y el
- Que, contra la resolución del Tribunal de Alzada, de fs
- Que, de la revisión del contenido del recurso interpuesto por el procesado se establece que
- Denuncia que el acta de fs
- Señala que existió una mala apreciación de la prueba instrumental y testifical al haberse dispuesto
- En relación al recurso deducido por el querellante, se tiene que éste fundamenta el mismo
- Que al haberse confirmado la sentencia de primer grado mediante el Auto de Vista ahora
- CONSIDERANDO I: Que en la especie, en cuanto a la acusación que hace el procesado
- Otro de los presupuestos esenciales para la procedencia de la declaración de nulidad de un
- Del mismo modo en la Sentencia y el Auto de Vista no se encuentran vicios
- CONSIDERANDO II
- En suma, no se encuentra en la Sentencia del A-quo y en la resolución del
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
