Auto Supremo AS/0100/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2010

Fecha: 23-Mar-2010

Si bien es cierto que el delito de narcotráfico es considerado como de lesa humanidad,


Si bien es cierto que el delito de narcotráfico es considerado como de lesa humanidad, no es menos evidente, que no toda conducta señalada en la Ley 1008 es considerada como narcotráfico; en el caso de Autos en prima facie, se acusó y se dicto sentencia por un hecho diferente al de tráfico de sustancias controladas, dada su escasa relevancia social por la afectación mínima al bien jurídico protegido, por ello fueron sancionados con dos años de presidio, que en caso de ser ejecutoriado dicha resolución, les habilitaría para ser beneficiados con el perdón judicial, es más, de obrados se tiene que los encausados estuvieron recluidos por más de la mitad de su condena, por ello estos hechos de poca monta, entran dentro la previsibilidad de la figura de la extinción por el transcurso del tiempo contenida en la disposición tercera transitoria de la Ley 1970, figura ésta, que es muy diferente al de la prescripción y que es de obligatorio cumplimiento, por imperio del artículo 164-II de la Constitución Política del Estado, de preferente aplicación por disposición del artículo 410-II Constitucional que impone aplicar la ley más favorable al encausado, en virtud al principio de "favorabilidad y benignidad" que se traduce en "ampliar lo favorable y restringir lo odioso", como promoción de justicia social antes de la estigmatización agravada, tomando en cuenta el criterio y razonamiento teleológico jurídico social que considera que la prolongada persecución penal al imputado se traduce en un irreparable daño