Si bien es cierto que el delito de narcotráfico es considerado como de lesa humanidad,
Si bien es cierto que el delito de narcotráfico es considerado como de lesa humanidad, no es menos evidente, que no toda conducta señalada en la Ley 1008 es considerada como narcotráfico; en el caso de Autos en prima facie, se acusó y se dicto sentencia por un hecho diferente al de tráfico de sustancias controladas, dada su escasa relevancia social por la afectación mínima al bien jurídico protegido, por ello fueron sancionados con dos años de presidio, que en caso de ser ejecutoriado dicha resolución, les habilitaría para ser beneficiados con el perdón judicial, es más, de obrados se tiene que los encausados estuvieron recluidos por más de la mitad de su condena, por ello estos hechos de poca monta, entran dentro la previsibilidad de la figura de la extinción por el transcurso del tiempo contenida en la disposición tercera transitoria de la Ley 1970, figura ésta, que es muy diferente al de la prescripción y que es de obligatorio cumplimiento, por imperio del artículo 164-II de la Constitución Política del Estado, de preferente aplicación por disposición del artículo 410-II Constitucional que impone aplicar la ley más favorable al encausado, en virtud al principio de "favorabilidad y benignidad" que se traduce en "ampliar lo favorable y restringir lo odioso", como promoción de justicia social antes de la estigmatización agravada, tomando en cuenta el criterio y razonamiento teleológico jurídico social que considera que la prolongada persecución penal al imputado se traduce en un irreparable daño
- PARTES: Ministerio Público c/ Aniceto Espíritu Baltazar, Felipe Choque Tabeada, Victoriano Rivas Rivera, Ernesto Miranda
- CONSIDERANDO: Que, es necesario destacar que la causa se encuentra radicada en esta instancia con
- En la misma línea, la Sentencia Constitucional Nº 1365/05 de 31 de octubre, estableció que:
- CONSIDERANDO: Que, realizado ese análisis objetivo, se evidenció que, conforme la documental de fs
- Pronunciada la sentencia condenatoria, el 17 de abril de 2004 de fs
- CONSIDERANDO: Que, de lo relacionado se concluye
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- Que, estos hechos mencionados no son atribuibles a los encausados, al contrario, de obrados se
- Si bien es cierto que el delito de narcotráfico es considerado como de lesa humanidad,
- Que, dentro el marco de las disposiciones legales referidas, el objetivo es velar por las
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
