Auto Supremo AS/0128/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2010

Fecha: 29-Abr-2010

B)


B).-Dentro del escenario jurídico que rige el Estado de Derecho en nuestro país, se encuentra la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002, cuyo artículo 1º señala como el objeto de la Ley: "Establecer las normas que regulan la actividad administrativa y el procedimiento administrativo del sector público; hacer efectivo el ejercicio del derecho de petición ante la Administración Pública; regular la impugnación de actuaciones administrativas que afecten derecho subjetivos o intereses legítimos de los administrados y; regular procedimientos especiales". Dentro de este ámbito el artículo 69 de la misma Ley determina que la vía administrativa se agota entre otros en los siguientes casos: "(...) b) Cuando se trate de actos administrativos contra los cuales no proceda ningún recurso en vía administrativa conforme a lo dispuesto en esta o en otras leyes (...)" y el artículo 70 siempre de la L.P.A., es claro cuando establece que resuelto el recurso jerárquico, el interesado podrá acudir a la impugnación judicial por la vía del proceso contencioso administrativo, ante la Corte Suprema de Justicia