Que contra el Auto de Vista, ESTANIS ESCALANTE ARMILLA y SANTIAGO MARTINEZ MARTINEZ, en representación
Que contra el Auto de Vista, ESTANIS ESCALANTE ARMILLA y SANTIAGO MARTINEZ MARTINEZ, en representación de la ASOCIACION SAGRADO CORAZON DE JESUS, interponen el recurso de Nulidad y casación de fs.180-182, manifestando a) Que los fundamentos del recurso de Nulidad lo hace referente al nombre del demandado que no es ESTANILAO sino ESTANIS, por lo que pide que el Tribunal Supremo declare la nulidad por impersonería. b) Que los propietarios de las tiendas ubicadas en la calle Corazón de Jesús del Barrio La Loma contrataron un sereno para que cuide sus negocios en horas de la noche, por lo que la demanda la debió dirigir contra todos los propietarios. c) Que, no es lo mismo ASOCIACION SAGRADO CORAZON DE JESUS con ASOCIACION DE COMERCIANTES MINORISTAS CORAZON DE JESUS. c) Que, manifiestan que los comerciantes ubicados en la calle corazón de Jesús del barrio la loma cancelaron el aguinaldo del 2003 adeudando solamente el aguinaldo del 2004 y el sueldo de enero el 2005
- AUTO SUPREMO Nº 176 - Social Sucre, 27 de abril de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero de Partido de Trabajo y
- En grado de apelación formulado por los representantes de la Institución demandada (fs
- Que contra el Auto de Vista, ESTANIS ESCALANTE ARMILLA y SANTIAGO MARTINEZ MARTINEZ, en representación
- Concluye solicitando al Tribunal de Casación anule totalmente el Auto de Vista fs
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, de la revisión de los antecedentes procesales, se
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- Que por la finalidad que persigue el derecho del trabajo, se ha ido elaborando un
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 27 de abril de 2010
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
