Que el querellante mediante memorial que discurre de fs
Que el querellante mediante memorial que discurre de fs. 211 a 214, formuló Recurso de Casación impugnando la resolución del Tribunal de Apelación, que fue admitido por Auto Supremo Nº 134 de 18 de mayo de 2006 (fs. 227 y vlta.) y resuelto a través del Auto Supremo Nº 29 de 26 de enero de 2007 que dejó sin efecto el Auto de Vista impugnado al haber constatado que el Ad-quem procedió a revalorizar la prueba, estableciendo doctrina legal aplicable en sentido de que los Tribunales de Apelación deben aplicar los principios legales y constitucionales de igualdad y contradicción. (fs. 260 a 263)
- PARTES: Ministerio Público y Otro c/ Hernán Chávez Suárez
- Hurto y Abuso de Confianza
- MINISTRO RELATOR: Dr. Jorge Monasterio Franco
- CONSIDERANDO: Que de los antecedentes procesales remitidos a este Tribunal a raíz de la interposición
- Recurrida la Sentencia en Apelación Restringida (fs
- Que el querellante mediante memorial que discurre de fs
- CONSIDERANDO: Que en cumplimiento del Auto Supremo mencionado en el párrafo precedente, la Sala Penal
- Que en sub lite el recurrente, en lo principal de su fundamento señala que el
- Que analizados los términos del recurso en estudio con los antecedentes del cuaderno procesal, se
- En la litis la determinación del Ad-quem fue anular totalmente la Sentencia, decisión asumida al
- Por otra parte, en la fundamentación de la resolución recurrida se halla claramente detallada la
- Consecuentemente, por la fundamentación inserta en la presente resolución, el recurso formulado por Carlos Mario
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATOR: Ministro Dr. Jorge Monasterio Franco
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
