Auto Supremo AS/0200/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2010

Fecha: 27-Abr-2010

Ahora bien, el concepto de "Documento Público" se encuentra inserto en el art


Ahora bien, el concepto de "Documento Público" se encuentra inserto en el art. 1287 del Código Civil que señala: "Documento Público o auténtico es el extendido con las solemnidades legales por un funcionario autorizado para darle fe pública y se escribe un protocolo se llama escritura pública"; consecuentemente, el requisito indispensable para que un documento sea considerado "Público" es la intervención de un funcionario autorizado para ser extendido con las solemnidades legales, aspecto que se encuentra ausente en la letra de cambio que es otorgada entre dos personas para beneficio de un tercero, ostentando entonces la calidad de "Documento Privado". En el caso de litis el A-quo en base a las pruebas aportadas en juicio llegó a la convicción de que la imputada falsificó no el título valor en si mismo, sino su contenido; es decir, que se probó que la actual recurrente procedió al llenado de la letra de cambio, valiéndose inclusive de ella para efectivizar un proceso civil en contra de la actual querellante en la que reclamó el pago del monto consignado en el título valor