Auto Supremo AS/0203/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0203/2010

Fecha: 27-Abr-2010

Posteriormente, deducida la Apelación Restringida tanto por los querellantes como por la imputada, la Sala


Posteriormente, deducida la Apelación Restringida tanto por los querellantes como por la imputada, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Auto de Vista de 29 de agosto de 2007 cursante a fs. 228-229, los declaró improcedentes por ende, confirmó la Sentencia del Tribunal de juicio, motivando así la interposición del Recurso de Casación de fs. 240-241, admitido mediante Auto Supremo Nº 133 de 6 de marzo de 2008, sólo en cuanto a las denuncias referidas a las violaciones relacionadas con el debido proceso y defectos absolutos, circunscribiéndose la presente impugnación a la existencia de defectos en el pronunciamiento de las resoluciones de instancia que implica el incumplimiento de los arts. 172, 218 y 370-4) del Código de Procedimiento Penal, habida cuenta que las pruebas MP-1, MP-2 y MP-3 no fueron obtenidas legalmente