Auto Supremo AS/0206/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0206/2010

Fecha: 18-Jun-2010

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social


VISTOS: Los recursos de casación de fs. 340-345 vta. y 359-362, interpuestos por Lorena Jáuregui Estrada, en representación del Presidente Ejecutivo de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.) y por la apoderada del demandante Juan Carlos Ibáñez Aguirre, la abogada Giselle Gonzáles de Prada Pizarro respectivamente, contra el Auto de Vista de 2 de marzo de 2006 (fs. 336--337) y Auto de 30 de marzo de 2006 (fs. 356), por el que se negó la complementación solicitada por la apoderada del demandante, pronunciados por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso laboral sobre reincorporación, pago de sueldos y otros derechos seguido por Juan Carlos Ibáñez Aguirre, contra la empresa Y.P.F.B., regional Tarija, las contestaciones de fs. 359-362 y 365-366 vta., los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió Sentencia el 24 de mayo de 2005, por la que declaró improbada la demanda de fs. 19-21 e improbada la excepción de prescripción, sin costas (fs. 299-300)