Auto Supremo AS/0210/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0210/2010

Fecha: 18-Jun-2010

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2.- Denuncia también que se violaron a su vez los arts. 105-I y 1538-I, II, III del Cód. Civ., al desconocer el poder jurídico que permite usar, gozar y disponer de una cosa, como es el inmueble de calle Comercio Nº 943, que se acreditó es de propiedad de Rosa Ledezma de Guzmán, incurriendo en error en la apreciación de la prueba cursante a fs. 48 de obrados, violando al mismo tiempo lo arts. 1283-I del Cód. Civ., 163, 265, 266 del Cód. Trib., porque se admitió la prueba del derecho de propiedad, sin asignarle el valor previsto por los artículos mencionados del Código Civil