Auto Supremo AS/0212/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2010

Fecha: 18-Jun-2010

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2.- En la especie, el tribunal de alzada realizó correcta valoración a los antecedentes del proceso, al revocar en parte la sentencia de primera instancia, en función a lo previsto en el art. 158 del Cód. Proc. Trab., interpretó y aplicó adecuadamente los arts. 64 y 202 inc. c) de la citada norma legal, al concluir que el contrato a plazo fijo pactado entre el 1º de septiembre de 1994 al 30 de junio de 1995, infringe los derechos y garantías de la trabajadora y del hijo gestante, porque en los hechos no existió interrupción de la relación laboral desde la primera contratación que fue el 7 de agosto de 1991, el trabajo desarrollado fue en las mismas condiciones, con el mismo salario y finalmente porque gozaba del beneficio de inamovilidad hasta que su hija cumpla un año de vida, es decir, hasta el 29 de diciembre de 1995