Sentencia de primera instancia apelada por el Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz,
Sentencia de primera instancia apelada por el Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, en cuyo mérito la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz emitió el Auto de Vista de 9 de diciembre de 2005, que confirmó la Sentencia, que dio lugar a la interposición del recurso de casación en el fondo y en la forma deducido por el Gobierno Municipal de La Paz, con los fundamentos expuestos en su memorial de fojas 120 a 125
- Expediente: Nº 90 - 06 - S
- Distrito: La Paz
- Ministro Relator: Dr. Ángel Irusta Pérez
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fojas 120
- Sentencia de primera instancia apelada por el Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz,
- Judicial, otorga al Tribunal Supremo la facultad de fiscalizar los procesos que llegan a su
- En ese marco, corresponde señalar que, la usucapión es un modo de adquirir la propiedad
- La usucapión declarada judicialmente produce un doble efecto, adquisitivo para el usucapiente y extintivo para
- El sujeto pasivo de la usucapión es siempre la persona que figura, en el Registro
- Por lo expuesto, se concluye que es deber ineludible del actor acreditar, a tiempo de
- De lo expuesto podemos señalar que, no es posible que el actor dirija su pretensión
- En ese contexto, este Supremo Tribunal, ha establecido, mediante A
- La omisión anotada dio lugar a que los actores Manuel Quispe Mamani y Bárbara Tola
- Por las razones expuestas, corresponde dar aplicación a lo previsto por el artículo 271-3) del
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- No siendo excusable el error en el que han incurrido los Tribunales A quo y
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2010
