Asimismo, alega que conforme a los arts
Asimismo, alega que conforme a los arts. 471 y 539 del Reglamento del Código de Seguridad Social y el art. 74 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, se debió considerar como fecha de inicio las fechas de la presentación de documentos, tales como la nota de 13 de marzo de 2003 por la que el asegurado subsana la observación en sentido de que la solicitud aclare que se trata de renta de vejez con reducción de edad, así como la nota de 5 de febrero de 2004 por la que subsanó la observación de 4 de septiembre del mismo año referida a la presentación de fotocopia de la cédula de identidad legalizada y certificado de matrimonio con sello seco y computarizado
- AUTO SUPREMO Nº 312 - Reclamación Sucre, 23 de junio de 2010
- CONSIDERANDO I: Que en el proceso señalado al exordio, la Comisión de Calificación de Rentas
- En grado de reclamación, la Comisión de Reclamación del SENASIR emitió la Resolución Nº 1926
- Promovida la apelación por el asegurado, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte
- Contra esta decisión, el representante del SENASIR recurrió de casación en el fondo, acusando
- Asimismo, acusa violación del D
- En el marco de lo acusado, alega que el tribunal ad quem analizó de manera
- Asimismo, alega que conforme a los arts
- Alega también que al disponer el pago de la renta a partir de enero de
- Concluye solicitando se case el auto de vista impugnado
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en el fondo, se concluye lo
- Sin embargo de lo anterior, mal pudo aplicarse el citado D
- Asimismo, del análisis del citado D
- A lo anterior, se debe agregar que no es evidente la declaratoria de constitucionalidad de
- 2
- El mismo razonamiento anterior ha menester aplicar respecto de los otros documentos exigidos por el
- 3
- Por lo expuesto y encontrándose parcialmente justificados los motivos recursivos en cuanto a la doble
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución de la causa, conforme a la convocatoria de fs
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
