CONSIDERANDO I: Que en el proceso señalado al exordio, la Comisión de Calificación de Rentas
DISTRITO: La Paz
PARTES: José Carlos Riveros Novillo c/ SENASIR
VISTOS: El recurso de casación de fs. 93-96, interpuesto por Yoni Yamil Exeni León, Director General Ejecutivo a.i. del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista Nº 268/2008 SSA-II de 4 de diciembre de 2008 de fs. 91, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de reclamación seguido por José Carlos Riveros Novillo contra la entidad recurrente, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que en el proceso señalado al exordio, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR pronunció la Resolución Nº 018177 de 17 de diciembre de 2004 (fs. 64), por la que reconoció a favor del impetrante Renta Unica de Vejez, con reducción de edad, equivalente al 70% de su promedio salarial, en el monto de Bs. 817,15, pagaderos a partir de noviembre de 2004
- AUTO SUPREMO Nº 312 - Reclamación Sucre, 23 de junio de 2010
- CONSIDERANDO I: Que en el proceso señalado al exordio, la Comisión de Calificación de Rentas
- En grado de reclamación, la Comisión de Reclamación del SENASIR emitió la Resolución Nº 1926
- Promovida la apelación por el asegurado, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte
- Contra esta decisión, el representante del SENASIR recurrió de casación en el fondo, acusando
- Asimismo, acusa violación del D
- En el marco de lo acusado, alega que el tribunal ad quem analizó de manera
- Asimismo, alega que conforme a los arts
- Alega también que al disponer el pago de la renta a partir de enero de
- Concluye solicitando se case el auto de vista impugnado
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en el fondo, se concluye lo
- Sin embargo de lo anterior, mal pudo aplicarse el citado D
- Asimismo, del análisis del citado D
- A lo anterior, se debe agregar que no es evidente la declaratoria de constitucionalidad de
- 2
- El mismo razonamiento anterior ha menester aplicar respecto de los otros documentos exigidos por el
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- Por lo expuesto y encontrándose parcialmente justificados los motivos recursivos en cuanto a la doble
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución de la causa, conforme a la convocatoria de fs
- Relator: Ministro Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: M. Ariel Rocha López.- Secretario de Cámara.
