Auto Supremo AS/0318/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2010

Fecha: 30-Jun-2010

Que, de los antecedentes ampliamente expuestos, se evidencia que, el plazo previsto por el art


Que, de los antecedentes ampliamente expuestos, se evidencia que, el plazo previsto por el art. 133 del Código de Procedimiento Penal, tomando como referencia la Declaración Informativa Policial de 12 de Mayo de 2002, venció el 12 de mayo de 2005; empero, el plazo de duración de la causa resulta razonable, no siendo evidente la dilación indebida atribuible a los órganos jurisdiccionales ni al Ministerio Público; y dado el carácter del delito de Estafa con Agravación de Víctimas Múltiples que se habría cometido, no resulta evidente la vulneración de la garantía del imputado a ser juzgado dentro de un plazo razonable