Auto Supremo AS/0333/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0333/2010

Fecha: 01-Jul-2010

CONSIDERANDO: Que, en ese entendido y analizados los datos que cursan en obrados, se estableció


CONSIDERANDO: Que, en ese entendido y analizados los datos que cursan en obrados, se estableció que el proceso al ser de acción penal privada se inició con la notificación al imputado con la querella en fecha 9 de junio de 2006 (fs.10), se desarrolló la audiencia de conciliación el 20 de junio del mismo año (fs.13), se ofreció prueba de descargo el 22 de julio de 2006, pero recién el 2 de octubre del mismo año se emitió el Auto de apertura de juicio (fs. 20), se instaló la audiencia de juicio oral el 23 de noviembre de 2006, y finalizó el mismo con la emisión de la Sentencia el 28 de noviembre de 2006 (fs. 56 a 62), Resolución que fue apelada por Silvia Angulo Díaz de Balderrama el 21 de diciembre de 2006 (fs. 99), en cuyo mérito los actuados fueron remitidos al Tribunal de Apelación recién el 5 de febrero del 2007, y se emitió la Resolución de Alzada el 27 de octubre de 2007 (fs. 105 a 106), notificándose a las partes el 8 de noviembre de 2007, mismo que dio origen al Recurso de Casación, que fue recibido en esta Corte Suprema en su Sala Penal, el 30 de noviembre de 2007, y fue admitido por Auto Supremo Nº 145 de 17 de marzo de 2008