Auto Supremo AS/0283/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0283/2010

Fecha: 25-Ago-2010

De los fundamentos así expuestos en el recurso se advierte que el recurrente no discernió


De los fundamentos así expuestos en el recurso se advierte que el recurrente no discernió la diferencia que existe entre el recurso de casación en la forma con el de fondo, tampoco, consideró que la resolución de alzada anuló obrados, y como es lógico, no resolvió el fondo del litigio, en cuyo mérito contra esa resolución no es posible plantear recurso de casación en el fondo, toda vez que el Tribunal Ad quem -al haber anulado obrados- no emitió criterio sobre el fondo del asunto, es decir no emitió sentencia de segundo grado, en consecuencia no es coherente que la parte recurrente pretenda que este Tribunal emita pronunciamiento de fondo y case el Auto de Vista recurrido. En todo caso si, en criterio del recurrente, la nulidad dispuesta por el Tribunal de alzada no se acomodó a las normas del procedimiento, lo que le correspondía era impugnar esa resolución a través del recurso de casación en la forma, a fin de que éste Tribunal pueda analizar si la nulidad dispuesta por el Ad quem responde o no a las disposiciones adjetivas