Auto Supremo AS/0360/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2010

Fecha: 16-Ago-2010

Para que la extinción se opere, es necesario que se demuestre, que la demora más


Para que la extinción se opere, es necesario que se demuestre, que la demora más allá del plazo previsto por Ley, sea innecesaria, negligente y atribuible indiscutiblemente al Órgano Jurisdiccional o al Ministerio Público, lo que no acontece en el caso presente, pues no es suficiente el vencimiento del plazo, sino que esencialmente se debe probar que la mora no responda a los medios de defensa empleados por las partes o que el proceso se hubiera tramitado al margen de lo previsto por Ley