La acción pauliana como medio para la conservación de la garantía patrimonial tiene como primer
La acción pauliana como medio para la conservación de la garantía patrimonial tiene como primer efecto el de revocar los actos celebrados por el deudor en "fraude" de los derechos del acreedor. Es una acción encaminada a garantizar el cumplimiento de la obligación y afecta, por ello, tan sólo a los actos reales de enajenación fraudulenta. En ese orden de cosas, en el caso sub lite, si bien se ha demostrado que la venta efectuada a favor del demandado era la ultima fracción del lote de propiedad del deudor en la ciudad de Sucre, sin embargo este hecho no resulta suficiente para acreditar la situación de "insolvencia del deudor", tomando en cuenta que las certificaciones cursantes de fojas 27 y 28 emitidas por Derechos Reales Chuquisaca y la División de Registro de Vehículos, de ninguna manera significan que el deudor no tenga otros bienes para responder al pago de la obligación asumida, tomando en cuenta que los bienes patrimoniales de una persona lo constituyen los derechos reales, los derechos de crédito y los derechos de autor
- Expediente: N° 24 - 06- S
- Distrito: Chuquisaca
- Ministro relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo promovido por Carlos Andrés Cabezas Dávalos en
- Deducida la apelación por el representante del demandante mediante memorial de fojas 207 a 209,
- Contra la resolución de segunda instancia, el demandante mediante su apoderado Carlos Andrés Cabezas Dávalos,
- Finalmente solicita se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo se
- CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, corresponde resolver
- Bajo el contexto señalado, el artículo 1446 - I del Código Civil, otorga la facultad
- Consiguientemente, de la ratio legis de la norma glosada se concluye que los requisitos consignados
- La acción pauliana como medio para la conservación de la garantía patrimonial tiene como primer
- Por otro lado, los jueces de instancia en base a las pruebas aportadas por las
- En definitiva, se evidencia que los jueces de grado no dieron otro sentido a las
- De lo expuesto, se concluye que no son ciertas las violaciones que se acusan en
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
- Se regula honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2010
