Auto Supremo AS/0319/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0319/2010

Fecha: 21-Sep-2010

Que, conforme la uniforme jurisprudencia de éste Tribunal Supremo, el litisconsorcio sea activo o pasivo


Que, conforme la uniforme jurisprudencia de éste Tribunal Supremo, el litisconsorcio sea activo o pasivo importa el interés de dos o más personas respecto a una pretensión común y que obliga su participación en el proceso. Cuando existe una pluralidad de sujetos que consideran tener igual derecho para peticionar, nos encontramos frente a un litisconsorcio activo, si por el contrario son varios los demandados estamos frente a un litisconsorcio pasivo y si son varios los demandantes y varios los demandados hablamos de un litisconsorcio mixto