Auto Supremo AS/0485/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0485/2010

Fecha: 29-Sep-2010

Por otro lado, sin necesidad de entrar en mayores consideraciones, conviene señalar que, es pues


Por otro lado, sin necesidad de entrar en mayores consideraciones, conviene señalar que, es pues la interpretación en conjunto y no aislada de estas circunstancias, la razón que induce a los Juzgadores de Instancia, -quienes no están sometidos a la tarifa legal de la prueba,- a formar libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo las circunstancias relevantes del proceso y la conducta procesal de las partes, coligiéndose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo las circunstancias relevantes del proceso y la conducta procesal de las partes, concluyéndose con esto que el conjunto de pruebas aportadas los condujeron a aplicar en el caso de autos, lo previsto por los arts. 3 incs. g), h), y j), y 158 del Código Procesal del Trabajo