Auto Supremo AS/0505/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0505/2010

Fecha: 01-Sep-2010

En el presente caso de autos, la entidad demandada, con la facultad emanada del art


En el presente caso de autos, la entidad demandada, con la facultad emanada del art. 55 del D.S. Nº 21060 de 21/8/95, donde se dispone la libre contratación y se señala explícitamente que las empresas laborales tanto del sector público como privado, podrán libremente convenir o rescindir contratos de trabajo; rescisiones que deberán estar sometidas a las previsiones de la Ley general del trabajo y su Decreto Reglamentario. Sin desconocer que como parte demandada se encuentra en la obligación del pago de los derechos laborales a los cuales se hiciese acreedor el trabajador, y no se puede referir como causal de despido, la falta cometida por la baja médica faccionada en virtud de que dicho hecho ya mereció una sanción de de suspensión por 30 días, misma que fue cumplida por el actor