Auto Supremo AS/0008/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0008/2011

Fecha: 18-Ene-2011

Que por Auto Nº 0010327 de 13-09-2007 cursante a fs 180 y en estricto cumplimiento


Que por Auto Nº 0010327 de 13-09-2007 cursante a fs 180 y en estricto cumplimiento de lo previsto por el Art. 5 del D.S. 27066 de 06 de junio de 2003 y la Resolución Secretarial Nº 10.0.0.087, la comisión de calificación de rentas advirtió que la asegurada realizó retiros mínimos de su cuenta individual a mérito de que los aportes efectuados a la AFP no fueron transferidos al TGN, conforme ordena el Art. 57 de la ley 1732, constituyéndose en doble percepción de prestación de dinero, por cuanto percibe el pago del plus incluido en su renta única de vejez pagado con recursos del TGN y paralelamente percibe bajo la modalidad de Retiros Mínimos pagado por la AFPs, extremos que no fueron tomados en cuenta por el Tribunal a quem. Por todo ello pide que este Tribunal case el auto de Vista Nº 767 de fecha 25 de octubre de 2008