Auto Supremo AS/0019/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0019/2011

Fecha: 20-Ene-2011

En ese marco, en el caso sub lite, en tratándose de un proceso de nulidad


En ese marco, en el caso sub lite, en tratándose de un proceso de nulidad de declaratoria de herederos, correspondía establecerse únicamente el parentesco existente entre la demandada Eliana Marlene Herrera Molina, con su fallecida tía, Clorinda Riva Gutiérrez, a fin de verificar si en la declaratoria de herederos, dictada por el Juez de Instrucción Cuarto en lo Civil, dentro del proceso voluntario de Declaratoria de Herederos seguido por Eliana Marlene Herrera Molina, contra el Ministerio Público, se había establecido la veracidad de dicho parentesco, conforme dispone el artículo 643-2) del Código de Procedimiento Civil. Aspecto que fue apreciado con mejor criterio por el Tribunal de alzada, quien estableció que dicho vínculo no fue demostrado, por el contrario, evidenció que la Resolución que la instituyó heredera, no contiene siquiera la referencia al documento en cuyo mérito se hubiera constato tal parentesco, consiguientemente el derecho a suceder de la demandada no fue acreditado ni en el referido proceso voluntario ni en el presente proceso ordinario