Auto Supremo AS/0019/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0019/2011

Fecha: 20-Ene-2011

Señaló que el Auto de Vista recurrido no fundamentó las consideraciones del porqué revocó la


Señaló que el Auto de Vista recurrido no fundamentó las consideraciones del porqué revocó la Sentencia de primera instancia, tampoco citó la norma que dispone que una persona particular sin ningún vínculo de consaguinidad puede demandar una nulidad extemporánea de una declaratoria de herederos; desconociendo que por jurisprudencia, la acción de nulidad sólo es pedida por los acreedores y "legadores" sobre un contrato suscrito y en casos de herencia sólo tiene derecho los consanguíneos y colaterales, cuyos derechos deben ser reclamados y definidos en plazos legales