Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0061/2011
Fecha: 28-Ene-2011
ecretario de Cámara.
ecretario de Cámara.
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AUTO SUPREMO: 61/2011
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FECHA: 28 de enero de 2011
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CONSIDERANDO: Que Gregorio Salvatierra, por memorial de fojas 14, solicita homologación de la sentencia de
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Que admitida la solicitud de Homologación de Sentencia, mediante providencia de fojas 21 se dispuso
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CONSIDERANDO: Que según dispone el artículo 552 del Código de Procedimiento Civil, las sentencias judiciales
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Que la documental acompañada al proceso que cursa de fojas 3 a 10, con el
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CONSIDERANDO: Que revisada toda la documentación adjunta a la solicitud de la homologación, se concluye
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Que, a este efecto, las reglas existentes para la ejecución de sentencias dictadas en el
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POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
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En consecuencia, en aplicación del artículo 560 de la citada norma adjetiva civil, ordena su
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No intervienen la Ministra Rosario Canedo Justiniano por suspensión dispuesta por la Cámara de diputados
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Regístrese, notifíquese y cúmplase
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Ramiro José Guerrero Peñaranda
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Ricardo A. Medina Stephens
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ecretario de Cámara.
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