Que admitida la solicitud de Homologación de Sentencia, mediante providencia de fojas 21 se dispuso
Que admitida la solicitud de Homologación de Sentencia, mediante providencia de fojas 21 se dispuso la notificación de Lilian Roxana Banegas Zagarra mediante provisión citatoria comisionada a la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, evidenciándose de la diligencia de fojas 33 que el 5 de junio de 2010 fue citada Mabel Dina Banegas de Mitsumori, apoderada de la demandada, quien, mediante memorial de fojas 41 y acompañando testimonio de Poder Nº 628/2009 de 13 de agosto de 2009 que contiene facultad expresa para ser citada con la demanda, se apersonó al proceso, se dio por expresamente citada con la demanda y respondió afirmativamente al pedido del demandante
- AUTO SUPREMO: 61/2011
- FECHA: 28 de enero de 2011
- CONSIDERANDO: Que Gregorio Salvatierra, por memorial de fojas 14, solicita homologación de la sentencia de
- Que admitida la solicitud de Homologación de Sentencia, mediante providencia de fojas 21 se dispuso
- CONSIDERANDO: Que según dispone el artículo 552 del Código de Procedimiento Civil, las sentencias judiciales
- Que la documental acompañada al proceso que cursa de fojas 3 a 10, con el
- CONSIDERANDO: Que revisada toda la documentación adjunta a la solicitud de la homologación, se concluye
- Que, a este efecto, las reglas existentes para la ejecución de sentencias dictadas en el
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- En consecuencia, en aplicación del artículo 560 de la citada norma adjetiva civil, ordena su
- No intervienen la Ministra Rosario Canedo Justiniano por suspensión dispuesta por la Cámara de diputados
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Ramiro José Guerrero Peñaranda
- Ricardo A. Medina Stephens
- ecretario de Cámara.
