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2.- Luego de la etapa del Plenario la causa concluyó con Sentencia de 20 de abril de 2006 (fojas 2713 a 2717) que declaró a Alberto Ordóñez Plaza y a María Salomé Lima Crespo de Ordóñez autores de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, condenando a cada uno de ellos a la pena de tres años de reclusión con costas a favor del Estado y a la parte civil, más reparación de daños civiles
- Partes: Tomás Chávez Uria C/ Alberto Ordoñez Plaza y María Salomé Lima Crespo de Ordoñez
- Delito: Falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado
- VISTOS: el recurso de casación presentado por Alberto Ordóñez Plaza y por María Salomé Lima
- CONSIDERANDO: que a los fines de la resolución que al efecto corresponda se cuenta con
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- CONSIDERANDO: que así expuestos los fundamentos del recurso de nulidad y casación, analizados y contrastados
- Segunda
- Tercera: Los recurrentes sostuvieron como causa de nulidad que la querella fue interpuesta con infracción
- Cuarta
- Quinta
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
