Auto Supremo AS/0259/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0259/2011

Fecha: 17-Oct-2011

CONSIDERANDO: que a los fines de la resolución que al efecto corresponda se cuenta con


CONSIDERANDO: que a los fines de la resolución que al efecto corresponda se cuenta con los siguientes antecedentes:

1.- Tomás Chávez Uria presentó el 13 de diciembre de 1999 denuncia formal ante el Ministerio Público contra Alberto Ordóñez Plaza y María Salomé Lima Crespo de Ordóñez, dando cuenta que los denunciados adquirieron una propiedad inmobiliaria con una superficie de 160 metros cuadrados cuyo derecho propietario fue registrado en Derechos Reales, habiéndose descubierto después que dicha partida fue notoriamente alterada en la superficie sobreponiendo el número dos sobre el uno con la intención de hacer aparecer a los denunciados con una extensión de terreno mayor a la que realmente adquirieron. Esa denuncia dio lugar a la investigación correspondiente a cuya conclusión y previo requerimiento fiscal, se dispuso la organización de Sumario Penal contra Alberto Ordóñez Plaza y María Salomé Lima Crespo de Ordóñez por los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado (fojas 106)