Acusa que, la sentencia de fojas 349 a 352, así como el auto de vista
EN EL FONDO.-
Acusa que, la sentencia de fojas 349 a 352, así como el auto de vista de fojas 375 a 376, han quebrantado el artículo 549 Incs. 1, 2 y 3 del Código Civil, porque el documento base de la acción ejecutiva no tiene la fuerza ejecutiva, no tiene objeto ni causa licita; Manifiesta que tanto el Juez A quo como el Tribunal Ad quem, no han dado una aplicación ecuánime a los artículos 1), 2) y 3) del artículo 549 del Código Civil, así como los artículos 409 y 908 del mismo cuerpo de leyes, al no haber considerado que un contrato bilateral con obligaciones incumplidas jamás puede considerarse titulo ejecutivo y que la rescisión de un contrato tiene otros efectos regulados; Señala que la vía coactiva es diferente a la vía ejecutiva; Indica que el contrato base de acción ejecutiva no cumple con lo establecido en el articulo 897 del Código Civil, al no contener una determinación expresa que determine hasta cuando se cobrara los intereses estipulados; Manifiesta que, el tribunal de apelación al pronunciar el auto de vista recurrido de fojas 375 a 376 vuelta, incurrió en manifiestas violaciones a la ley de fondo por interpretaciones inadecuadas de la misma, al haber obviado considerar la eficacia plena de sus pruebas, por lo que pide se case el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo declare probada la demanda
- Auto Supremo: Nº 299 Sucre: 3 de Octubre de 2011
- Expediente: Nº 8 - 07 - S
- Distrito: Beni
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 379 a 382, interpuesto por Dennis Hecker Rivero,
- En apelación deducida por el demandante, la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito
- Contra el auto que resuelve la apelación, el demandante Dennis Hecker Rivero, interpone recurso de
- Finaliza su recurso solicitando se anule obrados hasta que se resuelva las excusas y se
- Acusa que, la sentencia de fojas 349 a 352, así como el auto de vista
- CONSIDERANDO: Que, estando formulado el recurso de casación en la forma como en el fondo,
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- Bajo este precedente, en la especie, de la diligencia cursante a fojas 374 vuelta, se
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- En cuanto al recurso de casación en el fondo: El recurso de casación en cualquiera
- En ese orden, la finalidad del recurso de casación en el fondo es la de
- En la especie, el contenido del recurso de casación en el fondo es contradictorio y
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2011
