Contra el auto que resuelve la apelación, el demandante Dennis Hecker Rivero, interpone recurso de
Contra el auto que resuelve la apelación, el demandante Dennis Hecker Rivero, interpone recurso de casación en la forma y en el fondo, alegando:
EN LA FORMA.-
1.- Que, en la suscripción del auto de vista recurrido se han violado las formas esenciales del proceso, al no existir notificación valida a su persona con la resolución que convoca a la vocal de la sala penal, tomando en cuenta que la notificación a su persona se ha efectuado a horas 18:00, cuando ya había expirado el tiempo hábil para notificar y se produjo en forma simultanea con la notificación a la parte demandada. 2.- No haber resuelto en forma idónea el Presidente de la Sala Civil las excusas de los vocales George Llapiz Leigue y Lourdes Velasco de Caballero, por lo que se habría violado lo dispuesto en el articulo 105 Inc. 6) de la Ley de Organización Judicial
- Auto Supremo: Nº 299 Sucre: 3 de Octubre de 2011
- Expediente: Nº 8 - 07 - S
- Distrito: Beni
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 379 a 382, interpuesto por Dennis Hecker Rivero,
- En apelación deducida por el demandante, la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito
- Contra el auto que resuelve la apelación, el demandante Dennis Hecker Rivero, interpone recurso de
- Finaliza su recurso solicitando se anule obrados hasta que se resuelva las excusas y se
- Acusa que, la sentencia de fojas 349 a 352, así como el auto de vista
- CONSIDERANDO: Que, estando formulado el recurso de casación en la forma como en el fondo,
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- Bajo este precedente, en la especie, de la diligencia cursante a fojas 374 vuelta, se
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- En cuanto al recurso de casación en el fondo: El recurso de casación en cualquiera
- En ese orden, la finalidad del recurso de casación en el fondo es la de
- En la especie, el contenido del recurso de casación en el fondo es contradictorio y
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2011
