Auto Supremo AS/0066/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0066/2011

Fecha: 04-Mar-2011

Luego, cuando el expediente se encontraba nuevamente ante la juez a quo, para emitir sentencia,


Luego, cuando el expediente se encontraba nuevamente ante la juez a quo, para emitir sentencia, conforme consta el decreto de 26 de julio de 2005 cursante a fs. 249 vta., adjuntando abundante prueba documental, la parte demandada opuso la excepción perentoria de cosa juzgada, conforme acredita el memorial de fs. 319-320, memorial que fue motivo de traslado, conforme evidencia el decreto de fs. 321 y respondido por el apoderado de los actores (fs. 326). Al tratarse de una excepción perentoria, se la resolvió en sentencia de primera instancia (fs. 330-335), habiéndosela declarado probada en parte, conforme se refirió precedentemente