Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0093/2011
Fecha: 28-Abr-2011
Dr. Julio Ortiz Linares
Dr. Julio Ortiz Linares
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AUTO SUPREMO Nº 93 Social Sucre, 28 de abril de 2011
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CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda, el Juez Quinto de Partido del Trabajo y Seguridad
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Deducida la apelación por la parte demandada de fs
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Esta decisión motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
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Afirma también que ambos órganos jurisdiccionales, no han valorado la prueba documental de descargo, infringiendo
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En el fondo, alegó que la sentencia y el auto de vista quebrantaron los arts
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Alega también la ilegal interpretación del art
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Concluyó solicitando que el tribunal de casación, case el auto de vista recurrido y deliberando
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Por su parte el recurso de casación interpuesto por Ismael Paz Bruno en representación de
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Afirma también que se han violado los arts
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En la forma acusa con los mismos fundamentos, señalando que los de instancia al confirmar
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CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos de los recursos, corresponde su análisis y consideración
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Con relación al argumento esgrimido por el abogado apoderado de las Empresas demandadas, que insiste
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Por lo referido, también se concluye que no obstante la claridad del fallo ahora recurrido
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Otro elemento que supone el cumplimiento de la norma procesal, se denomina congruencia, que es
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En ese marco normativo, conforme se ha revisado el cuaderno procesal, se establece que el
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Por otra parte, resolviendo los fundamentos del recurso de casación en el fondo, que prácticamente
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Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso de casación de acuerdo a lo determinado por
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Con relación al recurso de casación en la forma el recurrente acusa mala valoración de
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Consiguientemente, en base a los argumentos expuestos corresponde resolver el recurso de casación de acuerdo
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
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Dr. Julio Ortiz Linares
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Sucre, 20 de abril de 2011
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Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
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