POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, aplicando la regla contenida en el numeral 2) del artículo 307 del Código de Procedimiento Penal de 1972, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 1052 a 1053, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Manuel Gonzalo López Castro impugnando el Auto de Vista emitido el 4 de junio de 2002 por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca
- Partes: Wilma Muñoz Zeballos c/ Manuel Gonzalo López Castro
- VISTOS: la Resolución emitida el 28 de noviembre de 2009 por el Juez Primero de
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que corresponda, se cuenta con
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- CONSIDERANDO: que en atención a los antecedentes expuestos, cabe hacer las siguientes apreciaciones: a) La
- Que se percibe en consecuencia, que lo adecuado también era que esta Sala proceda igualmente
- Que correspondiendo por ello emitir un nuevo Auto Supremo que resuelva el indicado recurso de
- CONSIDERANDO: que efectuado el examen pertinente, se llegó a las siguientes conclusiones
- Segunda
- Tercera
- Cuarta
- Quinta
- Sexta
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
