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3.- Habiendo impugnado esa sentencia mediante recursos de apelación restringida tanto la querellante como los procesados Ruiz y Selum, la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni, mediante Auto de Vista de 16 de noviembre de 2007, declaró procedente en parte el planteamiento expuesto por la querellante e improcedentes los que presentaron los procesados y, sobre esa base, confirmando la sanción de diez años de privación de libertad impuesta a José Arturo Ruiz Ortiz, y revocando las otras decisiones, declaró que Ronald Selum Villavicencio y Carlos Humberto Añez Campos también fueron autores del indicado delito de violación y, por tal motivo, condenó a cada uno de ellos a la pena de diez años de privación de libertad
- Partes: Acción de libertad interpuesta por Ronald Selum Villavicencio contra los Ministros de la Sala
- VISTOS: la resolución emitida el 23 de septiembre de 2010 por la Sala Penal Segunda
- CONSIDERANDO: que el Auto Supremo objetado declaró infundados los recursos de casación que presentaron José
- Que Ronald Selum Villavicencio planteó la acción de libertad contra quienes suscribieron ese Auto Supremo,
- Que el Tribunal de Garantías Constitucionales concedió al impetrante la tutela solicitada manifestando que, por
- Que correspondiendo en consecuencia proceder a la emisión de un nuevo Auto Supremo en reemplazo
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- CONSIDERANDO: que los recursos de casación indicados contienen los argumentos que corresponden al siguiente detalle
- CONSIDERANDO: que efectuado el análisis pertinente, se llegó a las siguientes conclusiones
- Segunda
- Tercera
- Cuarta
- Quinta
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
