CONSIDERANDO: que efectuado el análisis pertinente, se llegó a las siguientes conclusiones
CONSIDERANDO: que efectuado el análisis pertinente, se llegó a las siguientes conclusiones:
Primera.- Fue correcta la decisión del Tribunal de Alzada que confirmó la sentencia condenatoria impuesta a José Arturo Ruiz Ortiz por el Tribunal que conoció ese caso, de conformidad a lo percibido según las siguientes apreciaciones: a) No es cierto que ese procesado no estuvo suficientemente individualizado, pues fue reconocido por la víctima y varios testigos; b) Tampoco es cierto que el Certificado Médico Forense que fue elemento básico para su condena no estuvo legalmente incorporado al juicio, pues tal pieza está mencionada en el "Acta de Recepción, Descripción, Codificación y Custodia de Medios de Pruebas" que fue la base para la iniciación del juicio (fojas 812 a 817); c) Hubo en tal sentencia respecto a su caso fundamentación suficiente sobre la base de prueba plena convincente más allá de duda razonable, sin revalorización alguna de la prueba porque, con referencia a él, se confirmó sin cambio alguno la sanción condenatoria que le impuso el Tribunal de Sentencia
- Partes: Acción de libertad interpuesta por Ronald Selum Villavicencio contra los Ministros de la Sala
- VISTOS: la resolución emitida el 23 de septiembre de 2010 por la Sala Penal Segunda
- CONSIDERANDO: que el Auto Supremo objetado declaró infundados los recursos de casación que presentaron José
- Que Ronald Selum Villavicencio planteó la acción de libertad contra quienes suscribieron ese Auto Supremo,
- Que el Tribunal de Garantías Constitucionales concedió al impetrante la tutela solicitada manifestando que, por
- Que correspondiendo en consecuencia proceder a la emisión de un nuevo Auto Supremo en reemplazo
- 2
- 3
- 4
- CONSIDERANDO: que los recursos de casación indicados contienen los argumentos que corresponden al siguiente detalle
- CONSIDERANDO: que efectuado el análisis pertinente, se llegó a las siguientes conclusiones
- Segunda
- Tercera
- Cuarta
- Quinta
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
