Auto Supremo AS/0127/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2011

Fecha: 21-Abr-2011

Cuarta


Cuarta.- Que el Tribunal de Alzada al citar los medios probatorios incorporados legalmente al juicio oral necesariamente ingresó a valorar los mismos como lógica consecuencia de la modificación de la situación jurídica de dos de los imputados, pues sin previa apreciación y valoración de la prueba no es posible llegar a la conclusión arribada por el Tribunal de Alzada, llegando a la inequívoca conclusión de que dicho Tribunal revaloró prueba al modificar la sentencia de instancia, actuación que no se le está permitida en el nuevo sistema procesal penal