CONSIDERANDO I: Que la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, por Resolución Nº 014410
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y la forma de fs 119-122 interpuesto por el SERVICIO NACIONAL DEL SISTEMA DE REPARTO (SENASIR) a través de su representante legal, contra el Auto de Vista Nº 180/09 de fs 116, emitido por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito de La Paz, dentro el proceso administrativo, de calificación de renta de vejez, seguido por Alberto Ciprian contra SENASIR, el auto de concesión cursante a fs. 125, los antecedentes procesales y ,
CONSIDERANDO I: Que la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, por Resolución Nº 014410 de 05 de agosto de 2005, cursante a fs 45-46, manifiesta que el señor Alberto Ciprian no cumple con los requisitos exigidos por el art. 27 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, toda vez que no llega a las 180 cotizaciones y que no figura en las planillas de E.N.F.E., desestimando la solicitud de renta única de vejez y disponiendo se le otorgue un pago global único de vejez con reducción de edad
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Reclamación
- PARTES: Alberto Ciprian c/ SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, por Resolución Nº 014410
- Contra dicha resolución, Alberto Ciprian interpone recurso de reclamación a fs
- Dentro del término legal ante la decisión asumida por la Comisión de Reclamación, recurre en
- Contra dicha resolución de alzada y dentro el plazo previsto por ley, el SENASIR a
- CONSIDERANDO III
- En relación al recurso de casación en el fondo
- En el caso de autos, el recurrente como fundamento central en su recurso de casación
- Si bien puede ser evidente que no figure en las planillas de E
- En consecuencia este tribunal supremo de justicia no ha evidenciado que el tribunal de alzada
- En relación al recurso de casación en la forma
- Seguidamente hace una cita in extensa de varias disposiciones legales, siendo en algunos casos reiterativos
- Por todo lo manifestado se acredita que el recurso de casación en la forma carece
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
- Para resolución, según convocatoria de fs. 133, interviene el Ministro Julio Ortiz Linares
- Relatora: Ministro Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Julio Ortiz Linares
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
