Si bien puede ser evidente que no figure en las planillas de E
Si bien puede ser evidente que no figure en las planillas de E.N.F.E., esta situación no es responsabilidad del trabajador quien mediante documentación idónea, cursante a fs 15 correspondiente a un certificado de trabajo, emitido por E.N.F.E., el cual no fue desvirtuado por SENASIR acredita que el señor Alberto Ciprian sí trabajo en E.N.F.E. desde el mes de enero de 1970 hasta el 31 de septiembre de 1977, periodo dentro el cual se ubican las gestiones observadas, prueba documental que debía ser considerada y valorada por la Comisión de Calificación de Rentas, al momento de desestimar la solicitud de pago de renta única de vejez, en estricto cumplimiento del art. 14 del D.S. 27543
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Reclamación
- PARTES: Alberto Ciprian c/ SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, por Resolución Nº 014410
- Contra dicha resolución, Alberto Ciprian interpone recurso de reclamación a fs
- Dentro del término legal ante la decisión asumida por la Comisión de Reclamación, recurre en
- Contra dicha resolución de alzada y dentro el plazo previsto por ley, el SENASIR a
- CONSIDERANDO III
- En relación al recurso de casación en el fondo
- En el caso de autos, el recurrente como fundamento central en su recurso de casación
- Si bien puede ser evidente que no figure en las planillas de E
- En consecuencia este tribunal supremo de justicia no ha evidenciado que el tribunal de alzada
- En relación al recurso de casación en la forma
- Seguidamente hace una cita in extensa de varias disposiciones legales, siendo en algunos casos reiterativos
- Por todo lo manifestado se acredita que el recurso de casación en la forma carece
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, con
- Para resolución, según convocatoria de fs. 133, interviene el Ministro Julio Ortiz Linares
- Relatora: Ministro Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Julio Ortiz Linares
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
