Auto Supremo AS/0154/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2011

Fecha: 28-Abr-2011

Si bien puede ser evidente que no figure en las planillas de E


Si bien puede ser evidente que no figure en las planillas de E.N.F.E., esta situación no es responsabilidad del trabajador quien mediante documentación idónea, cursante a fs 15 correspondiente a un certificado de trabajo, emitido por E.N.F.E., el cual no fue desvirtuado por SENASIR acredita que el señor Alberto Ciprian sí trabajo en E.N.F.E. desde el mes de enero de 1970 hasta el 31 de septiembre de 1977, periodo dentro el cual se ubican las gestiones observadas, prueba documental que debía ser considerada y valorada por la Comisión de Calificación de Rentas, al momento de desestimar la solicitud de pago de renta única de vejez, en estricto cumplimiento del art. 14 del D.S. 27543