3
2.- El 9 de junio de 2003, el Ministerio Público acusó formalmente contra Mamerto Cortez Ortega y otros, por el delito de Peculado y otros (fs. 1337-1341 y vlta.)
3.- Contra dichas determinaciones Mamerto Cortez Ortega, en Casación interpuso el Recurso Indirecto de Inconstitucionalidad alegando que se tratan de Resoluciones no judiciales que infringen los arts. 178 parágrafo I referente a la Seguridad jurídica; 115 parágrafo II referente al debido proceso y a la defensa respectivamente; 178 parágrafo I, 116 parágrafo I y el art. 119 parágrafo I, referente a la seguridad jurídica, a la presunción de inocencia y a la igualdad, respectivamente, todos de la Constitución Política del Estado
- VISTOS: El Recurso Indirecto o incidental de Inconstitucionalidad interpuesto por Mamerto Cortez Ortega (fs
- Arguye que se emitieron tales Resoluciones sin considerar su condición de autoridades Municipales electas, que
- Refiere que de ese modo al dictar la Resoluciones impugnadas, se han vulnerado las siguientes
- Señala que la relevancia radica principalmente en el hecho de que son contrarios a los
- Que la Relevancia que tendrán las Resoluciones no judiciales impugnadas en la decisión del proceso
- Con tal argumento pide se admita el presente recurso y se promueva el mismo conforme
- Corrido en traslado, el Ministerio Público requirió por que se rechace el incidente por no
- CONSIDERANDO: Que del análisis de lo obrado se tiene los siguientes hechos
- 3
- CONSIDERANDO: Que del análisis de los hechos señalados precedentemente se tiene las siguientes consideraciones de
- Del contenido de dicha norma se infiere que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- En el caso de autos las resoluciones contra las que recurre el incidentista, no tienen
- de 15 de abril de 2004 y establece que el rechazo de la solicitud para
- En los casos en que durante el periodo de tiempo entre la remisión de la
- Entendimiento que permite que los procesos se sustancien y continúen en su tramitación, hasta dictarse
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
